Guía · Vacaciones
Vacaciones en Paraguay: cuántos días, cuándo y cómo se pagan
Las vacaciones son un descanso pagado al que tienes derecho después de cada año de trabajo continuo. Esta guía responde las dudas más comunes: cuántos días son, cuándo debes tomarlas, cuánto se paga y qué ocurre si dejas el trabajo con vacaciones pendientes.
Cuántos días te corresponden
El art. 218 fija el mínimo según tu antigüedad con el mismo empleador. Son días corridos, es decir, cuentan sábados, domingos y feriados:
| Antigüedad | Días corridos |
|---|---|
| Hasta 5 años | 12 |
| Más de 5 y hasta 10 años | 18 |
| Más de 10 años | 30 |
Las vacaciones comienzan en día lunes, o el siguiente día hábil si el lunes es feriado. El derecho nace al cumplir cada año de trabajo continuo, y la continuidad no se interrumpe por enfermedad, licencia, huelgas o paros legales (art. 92, inciso c). Para saber tus días exactos, usa la calculadora de vacaciones.
Cuándo deben darte las vacaciones
La época la señala el empleador, a más tardar dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que adquiriste el derecho, sin perjudicar el servicio ni la efectividad del descanso (art. 222). Deben concederse de oficio o a pedido del trabajador. Si tu trabajo no es regular todo el año, se considera cumplida la continuidad con un mínimo de 180 días trabajados en el año (art. 219).
Cuánto se paga
El art. 220 establece que el pago se calcula con el salario mínimo vigente en la época de goce o con el salario que recibes, si es superior, y se abona por anticipado, al iniciar las vacaciones. Como referencia, con el salario mensual dividido entre 30 y multiplicado por los días corridos:
| Salario mensual | 12 días | 18 días | 30 días |
|---|---|---|---|
| Gs. 3.044.000 (mínimo) | Gs. 1.217.600 | Gs. 1.826.400 | Gs. 3.044.000 |
| Gs. 4.500.000 | Gs. 1.800.000 | Gs. 2.700.000 | Gs. 4.500.000 |
| Gs. 6.000.000 | Gs. 2.400.000 | Gs. 3.600.000 | Gs. 6.000.000 |
Valores ilustrativos. El salario mínimo de Gs. 3.044.000 rige desde el 1 de julio de 2026; consulta la guía de salario mínimo vigente.
Si no las tomaste y dejas el trabajo
- Vacaciones ya causadas y no gozadas: si el contrato termina sin que las hayas tomado, se compensan en dinero con el salario actual. El monto es doble cuando la compensación corresponde a un despido ocurrido después del período de goce (art. 221).
- Menos de un año de trabajo: si el contrato termina antes del año por causa imputable al empleador, tienes derecho a la parte proporcional al tiempo trabajado (art. 221).
- En una renuncia voluntaria el Código no menciona expresamente la parte proporcional, aunque algunas empresas la pagan. Revisa tu contrato y la guía qué me corresponde si renuncio.
Para ver el total de tu liquidación, usa la calculadora de liquidación final. Si te despidieron, lee me despidieron: qué me corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar mis vacaciones por dinero?
El Código fija el descanso como un derecho del trabajador y regula el pago en dinero para cuando el contrato termina sin haberse gozado (art. 221). Durante la relación, el empleador debe concederlas en la época que señale dentro del plazo legal.
¿Cuenta mi antigüedad si cambié de puesto en la misma empresa?
Sí. La antigüedad se cuenta «al servicio del mismo empleador», sin importar el cargo.
¿Cuándo empiezan a contar los 18 días?
Los 18 días corresponden a quienes tienen más de cinco años de antigüedad, es decir, desde la vacación que se genera al cumplir el sexto año de servicio.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar vacaciones no pagadas?
Los créditos laborales prescriben, en general, al año (art. 399). Mira los plazos para reclamar.
¿Las empleadas domésticas tienen vacaciones?
Sí. Según la ficha de la BACN sobre la Ley 6338, tienen los mismos beneficios en materia de aguinaldo y vacaciones. Lee la guía de trabajo doméstico.
Esta guía explica el texto del Código del Trabajo y no sustituye el consejo de un abogado. Tu contrato o convenio colectivo puede mejorar estas condiciones. Si llevas varios trabajadores, existe una planilla de Excel con las mismas reglas.